Extorno de prima

Extorno de la prima de seguros

¿Pagaste el seguro de vida todo de golpe?

En Coventia nos encargamos de conseguirte la devolución de parte de lo que pagaste.

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Si has contratado un seguro, sabrás que hay que pagar un importe por ello. Pero:

  • ¿Qué sucede si vendes una propiedad asegurada?
  • ¿Puedes recuperar el dinero no consumido si acabas de pagarlo?
  • ¿Y si me arrepiento y cancelo el seguro?

Tal como indica la Ley de contratos de seguros, tu aseguradora podría devolverte parte de tu prima si se cumplen una serie de condiciones y según el tipo de seguro que contrataste. De esto se trata el extorno de prima, si quieres enterarte de toda la información sigue leyendo para saber con detalle cómo solicitarlo y si tu caso cumple con los requisitos para reclamar.

¿Qué significa el extorno de prima?

El extorno es la devolución total o parcial del dinero abonado o prima a la aseguradora para garantizar una cobertura del seguro. Este reembolso, de parte del seguro, se lleva a cabo por parte de la compañía al asegurado debido a una modificación en las condiciones de la póliza.

Por lo tanto, el extorno indica que recuperarás tu dinero si inicias la cancelación del contrato, dado que al desistir/cancelarlo, ya no posees los beneficios del seguro y tiene derecho a reingresar por el precio pagado. Al tratarse de contrataciones de seguros, el extorno abarca a todos los tipos de póliza, no solo al seguro de vida.

   

Cuando solicitar el extorno

La ley de contratos establece el extorno de la prima del seguro en situaciones de disminución o extinción del riesgo que se cubre. Cuando esto pasa, se procedería con la devolución de parte o totalidad de tu seguro.

¿Pero qué situaciones requiere? Esto pasa cuando se cancela un préstamo, por la venta de una propiedad, pero como el extorno incluye a todo tipo de seguros, se darían  estos casos específicos:

  • En Contratos de seguros vinculados a préstamos. Podrías reclamar el extorno si cancelas antes de plazo previsto inicialmente con la contratación.
  • Cuando se produce la transmisión del objeto asegurado. Cuando se asegura un objeto(coche, propiedades, joyas…) y se transmite como adquisición. Una vez iniciado el trámite, se le comunica a la aseguradora, para que en un plazo de 15 días la compañía decida si acepta o no al nuevo asegurado.
  • Si la respuesta de la aseguradora fuera que no le acepta, se debe de proceder al extorno de prima. A no ser, que esto estuviera bloqueado por cláusula del contrato del seguro de protección que acordaron.
  • Si disminuye el riesgo, por el que se contrata la cobertura del seguro de protección, y al comunicarlo con tu aseguradora no adapta ni rebaja la prima. En este caso se tendría derecho a reclamar el extorno, y recuperar su dinero.
  • Al inicio de la póliza solicitando el desestimiento de la misma.

¿De cuánto tiempo dispongo para desistir de mi póliza?

Si has pedido el desestimiento de tu seguro porque cumples con algunas de las condiciones expuestas en el anterior apartado, debes tener en cuenta los siguientes plazos:

  • Si quieres el extorno de un seguro de vida, tienes 30 días desde que recibes tu póliza para darla de baja y te devuelvan la parte de la prima que no hayas consumido.
  • Si tienes contratado otro tipo de seguro, tienes 14 días para pedir la devolución de la prima.

Es importante que recuerdes los siguientes, que en sí disminuye el riesgo y la compañía no quiere rebajar la prima, está obligada a devolverla. Al igual que ocurre cuando vendes un bien asegurado y no aceptan al nuevo propietario de ese bien que estás vendiendo. El tiempo en que se haga efectiva y la devolución de la prima llegue al asegurado dependerá de tu aseguradora, por lo que deberías consultar con tu aseguradora las condiciones.

¿Se puede reclamar un seguro de vida?

Si deseas solicitar el desestimiento del seguro de vida, como hemos explicado, el asegurado dispone de 30 días para pedir la devolución de la prima desde que recibe la documentación de la póliza.

En el caso de que solicites el extorno dentro del plazo establecido, la compañía está obligada a pagar al asegurado la parte correspondiente el tiempo que no se ha utilizado del seguro. Sin embargo, existen situaciones particulares, como por ejemplo, cuando el seguro de vida está vinculado a una hipoteca y esta se cancela.

Si cancelo mi hipoteca ¿cómo afecta a mi seguro de vida?

Esta pregunta es común, así que voy a aclararte la duda. Cuando cancelas tu hipoteca vinculada a un seguro de vida, ambos terminan. Si has pagado una prima única por adelantado (seguros de prima única), al cancelarlo, se debe reembolsar la parte proporcional correspondiente a los años no cubiertos.

El asegurado tiene derecho a recibir el reembolso del seguro de vida y de hipoteca una vez que ya no esté asociado al préstamo. Por ello, es importante saber que este procedimiento puede ser complejo, por lo que es recomendable buscar asesoramiento de profesionales en el sector. En Coventia, somos especializados en este tipo de reclamaciones y estamos dispuestos a brindarte asistencia y apoyo en todo momento. No dudes en contactar con nosotros.

¿Cómo puedo reclamarlo con Coventia?

Cumplimentando el siguiente formulario.

Ponte en contacto con nosotros a través del email:

O si prefieres a través de nuestro número de teléfono:

  • 960 13 04 94

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