Contrastado con la normativa vigente y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
En Coventia Legal hemos conseguido una de las primeras sentencias favorables en España sobre el complemento de brecha de género en pensiones. Este fallo confirma que tanto hombres como mujeres pueden reclamarlo en igualdad de condiciones. En este artículo explicamos qué supone la sentencia, qué debes tener en cuenta antes de reclamar, qué hacer si la Seguridad Social lo deniega y cómo nuestra experiencia en tribunales puede ayudarte a conseguir una pensión más justa.

En Coventia Legal hemos tenido el privilegio de conseguir una de las primeras resoluciones favorables en España en materia de complemento de brecha de género en pensiones. Para nosotros no fue solo un logro jurídico, sino también una reivindicación de justicia para miles de pensionistas que han visto cómo sus años de cotización no se reflejaban de forma justa en su pensión.
La Seguridad Social reconoció el derecho de nuestro cliente a percibir este complemento, aplicando directamente la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 15 de mayo de 2025, que estableció que el complemento debe aplicarse en condiciones de igualdad.
Lo importante de este avance es que, aunque la Ley de la Seguridad Social aún no se ha modificado, la Administración ya está acatando lo dictado por el TJUE. Eso significa que tanto hombres como mujeres que cumplan los requisitos pueden acceder a él, y que lo que esperamos ahora es que miles y miles de resoluciones sean favorables en los próximos meses.
Para quienes quieran consultar la fuente oficial, pueden descargar la resolución completa del TJUE sobre el complemento de brecha de género aquí.
Para los pensionistas, esto implica un cambio radical: ya no es una cuestión de género, sino de justicia y proporcionalidad. Cada nueva resolución favorable fortalece la posición de quienes reclaman y reduce las trabas administrativas.
A la hora de solicitar el complemento, hay tres puntos clave que toda persona debe tener en cuenta:
Puedes calcular de forma orientativa tu complemento de brecha de género utilizando nuestro formulario. Así podrás tener una idea clara de cuánto podrías reclamar antes de iniciar el proceso con asesoramiento especializado.
En Coventia Legal hemos acompañado a numerosos pensionistas en la reclamación de complementos de pensión. Hasta ahora, hemos tramitado muchos casos de complemento por paternidad, logrando resoluciones favorables que han permitido a nuestros clientes disfrutar de una pensión más justa. Con el complemento de brecha de género, esta es una de las primeras resoluciones favorables, lo que marca un hito importante.
Es fundamental presentar cualquier reclamación con un especialista que te asesore, que tenga en cuenta los plazos legales, la documentación necesaria y la estrategia adecuada desde el primer momento. Este acompañamiento profesional marca la diferencia a la hora de que el derecho al complemento sea reconocido y abonado correctamente. Además, es importante recordar que el complemento de brecha de género y el complemento por paternidad son prestaciones distintas, cada una con sus propios requisitos y normativa específica.
Generalmente, el complemento se abona desde la fecha de solicitud. Reclamar cuanto antes es clave.
Sí. La sentencia del TJUE ha dejado claro que el derecho es igualitario.
Este complemento tiene como finalidad corregir desigualdades derivadas de la vida laboral y familiar. No se confunde con mejoras por incapacidad o viudedad.
Contrastamos los procedimientos, plazos, normativa y jurisprudencia que citamos con la legislación vigente y con las resoluciones del Banco de España y del Tribunal Supremo.
Este artículo ha sido revisado por el equipo jurídico de Coventia Legal, compuesto por abogados especializados en reclamaciones y derecho del consumidor.
Las afirmaciones que hacen referencia a procedimientos legales, plazos de reclamación, normativa aplicable o jurisprudencia han sido contrastadas con legislación vigente (Código Civil, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, normativa bancaria y de telecomunicaciones, así como resoluciones del Banco de España y del Tribunal Supremo).
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