Francisco Cano
Abogado Colegiado Icamur 7.751
En julio de 2025, el Tribunal Supremo ha confirmado lo que ya apuntaba el Tribunal de Justicia de la UE: los hombres tienen derecho al complemento por brecha de género en las mismas condiciones que las mujeres.
El complemento para la reducción de la brecha de género es una cantidad económica que se suma a las pensiones contributivas (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) para compensar la penalización laboral que muchas personas sufren al tener hijos, especialmente en términos de cotización y salario.
Este complemento fue introducido por el Real Decreto-ley 3/2021 y está en vigor desde el 4 de febrero de 2021. Su finalidad es reducir la desigualdad estructural que afecta sobre todo a las mujeres, aunque también podían solicitarlo los hombres si cumplían una serie de requisitos adicionales.
Esto ha cambiado en julio de 2025, tras la reciente doctrina del Tribunal Supremo, que ha reforzado su carácter igualitario: hombres y mujeres tienen ahora derecho a percibirlo en igualdad de condiciones, sin requisitos adicionales que resulten discriminatorios.
El complemento pretende garantizar una pensión más justa para quienes han interrumpido o reducido su actividad laboral por la crianza de hijos, reconociendo el impacto que esta responsabilidad tiene sobre la vida laboral y la cotización a la Seguridad Social.
En 2025, el complemento de paternidad que incrementa la pensión de jubilación por hijo ha experimentado una actualización significativa. Actualmente, el complemento asciende a 35,90 euros mensuales por hijo, con un máximo de 4 hijos, lo que equivale a un total de 143,60 euros mensuales. Además el mismo aumento:
Si quieres saber cuánto te corresponde exactamente por el complemento de brecha de género en 2025, en Coventia hemos desarrollado una calculadora online gratuita. Solo necesitas rellenar estos datos básicos. En segundos, podrás ver el importe total estimado a percibir por tu pensión.
El complemento de maternidad, vigente hasta 2021, se concedía exclusivamente a mujeres con dos o más hijos, sin reconocer un derecho equivalente a los padres. Tras ser declarado discriminatorio, los tribunales españoles comenzaron a reconocer el derecho de los hombres jubilados entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 a recibir este complemento.
Como consecuencia, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 3/2021, derogó el complemento de maternidad y lo sustituyó por el actual complemento para la reducción de la brecha de género, accesible para ambos progenitores, siempre que cumplan con ciertos requisitos.
Si te jubilaste entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, puedes reclamar el complemento de maternidad para hombres con carácter retroactivo, pudiendo recibir pagos atrasados desde esa fecha, siempre que cumplas con los requisitos legales correspondientes.
Durante décadas, muchas personas, en especial mujeres, han visto afectada su carrera laboral por responsabilidades familiares, lo que ha derivado en cotizaciones más bajas y, por tanto, en pensiones más reducidas. Este complemento se creó para reducir esa brecha de género en las pensiones y garantizar una mayor equidad en el sistema público.
Desde su aprobación en 2021, el complemento ha estado rodeado de controversia. Aunque se abrió la posibilidad de que también los hombres pudieran solicitarlo, a ellos se les exigían requisitos adicionales que no se aplicaban a las mujeres, como demostrar un perjuicio concreto en su carrera profesional por la paternidad o tener una pensión inferior a la de la madre.
En abril de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que estos requisitos adicionales vulneraban el principio de igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito de la Seguridad Social, calificando esta diferencia de trato como discriminación indirecta.
En julio de 2025, el Tribunal Supremo español ha consolidado esta interpretación con una doctrina clave:
El complemento debe concederse en igualdad de condiciones a hombres y mujeres, sin imponer requisitos adicionales por razón de género.
Este fallo refuerza el carácter igualitario del complemento y obliga al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a adaptar su criterio a esta nueva jurisprudencia.
Desde Coventia, recomendamos revisar cada caso individualmente. Si crees que has sido discriminado o te denegaron el complemento de brecha de género en el pasado, nuestro equipo legal puede ayudarte a valorar una posible reclamación.
Rellena el formulario del blog o háblanos al mail de hola@coventia.es para saber reclamar tu complemento.
El complemento por brecha de género va dirigido a personas que hayan visto afectada su carrera profesional por la crianza de hijos, lo que suele traducirse en cotizaciones más bajas y, por tanto, en pensiones reducidas.
Para poder acceder al complemento en 2025, deben cumplirse los siguientes requisitos:
No. El complemento por brecha de género es individual, pero exclusivo por cada hijo o hija, lo que significa que solo uno de los dos progenitores puede percibirlo por cada hijo.
Esto no afecta al derecho a la pensión, solo al cobro del complemento por brecha de género.
El complemento por brecha de género debe solicitarse al mismo tiempo que la pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad). Es un trámite sencillo, pero conviene hacerlo correctamente desde el inicio.
Cuando vayas a solicitar tu pensión, marca la casilla del complemento por brecha de género en el formulario oficial.
Debes añadir la información relativa a tus hijos (biológicos o adoptados) en el mismo formulario.
Puedes hacerlo de dos formas: