Sentencia IRPH de julio 2025: El punto de inflexión que necesitaban los afectados

4/7/25
http://Imagen en primer plano de tres personas, probablemente abogados o profesionales del derecho, en una oficina. En el centro, una persona escribe en una laptop plateada. A la izquierda, una mano con un reloj plateado señala la pantalla de la laptop, y cerca se ve una balanza de la justicia dorada, un símbolo legal. Sobre la mesa hay una pila de libros grandes con tapas oscuras. Al fondo, a la derecha, se observa a otra persona sosteniendo y leyendo un libro abierto. Las personas visten trajes formales.

Francisco Cano

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Abogado Colegiado Icamur 7.751

¿Por qué este julio de 2025 marca un antes y un después en el IRPH?

El mes de julio de 2025 ya está marcado en rojo en el calendario de miles de hipotecados españoles. En esta fecha, el Tribunal Supremo va emitir una sentencia largamente esperada sobre el controvertido índice IRPH, y su fallo ha supuesto un auténtico giro legal que podría beneficiar a decenas de miles de consumidores. Después de años de litigios, resoluciones contradictorias, inseguridad jurídica y una maraña de argumentos técnicos y jurídicos, parece que por fin se ha cerrado un capítulo.

Para quienes firmaron su hipoteca con el índice IRPH, la sentencia que va a salir esta semana de julio de 2025, podría ser un día de inflexión. Si el Tribunal Supremo se pronuncia finalmente por la nulidad de este índice sin otra alternativa, se estaría marcando el fin de años de incertidumbre y la apertura de una vía clara para que miles de afectados recuperen las cantidades abonadas de más, recalculando su hipoteca a condiciones más favorables.

Es una sentencia que no solo tiene implicaciones económicas, sino que también pone sobre la mesa una reflexión profunda sobre la transparencia bancaria, la protección al consumidor y el papel del sistema judicial como garante de derechos.

Contexto legal y recorrido jurisprudencial hasta la nueva sentencia de julio 2025

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 12 de diciembre de 2024 (asunto C-300/23) marcó un punto de inflexión. No se trataba de una simple orientación, sino de una directriz vinculante, conforme al artículo 4 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que obliga a jueces y tribunales españoles a aplicar el Derecho de la UE tal y como lo interpreta el TJUE.

Dicho pronunciamiento reforzó la protección del consumidor frente a la falta de transparencia en el uso del IRPH, pero no bastó para desbloquear el criterio interno: a pesar de su claridad, buena parte de la judicatura española optó por esperar una posición definitiva del Tribunal Supremo. Esta dilación ha prolongado la inseguridad jurídica y ha perjudicado especialmente al consumidor, a la espera de una solución definitiva.

En los meses siguientes, no obstante, varios juzgados comenzaron a aplicar la doctrina europea. Destacan sentencias como las del Juzgado nº 5 de Arrecife, nº 13 de Palma de Mallorca o la Audiencia Provincial de Soria, que declararon la nulidad del IRPH por falta de transparencia, ordenaron su sustitución por el Euríbor o, incluso, la devolución de cantidades pagadas de más. Sin embargo, otros órganos judiciales continúan aferrados a la doctrina previa del Supremo, generando un panorama fragmentado y confuso.

Con esta trayectoria de fondo, la nueva sentencia del Tribunal Supremo prevista para hoy cobra una importancia capital: tiene la oportunidad y la obligación jurídica de alinearse definitivamente con Europa y poner fin a años de disparidad interpretativa.

Qué dice el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) y por qué obliga al Supremo

El detonante que ha llevado al Supremo a corregir su criterio ha sido una nueva sentencia del TJUE en mayo de 2025. En ella, el tribunal europeo fue tajante: el uso del IRPH, aunque sea un índice oficial, puede ser considerado abusivo si no se informó adecuadamente al consumidor sobre su funcionamiento, consecuencias económicas y alternativas disponibles.

El TJUE dejó claro que no basta con incluir el IRPH en la escritura notarial para cumplir con los requisitos de transparencia. El banco debía haber explicado cómo se calcula el índice, cómo se comporta históricamente en comparación con otros índices como el Euríbor y qué impacto tendría en el coste total del préstamo.

Esta sentencia europea obligó al Supremo a rectificar. No hacerlo habría supuesto un incumplimiento de la normativa europea, y habría derivado en responsabilidades para el Estado español ante el Tribunal de Luxemburgo.

Puntos clave del fallo: transparencia, nulidad y seguridad jurídica

La resolución del Supremo, de julio de 2025, se apoyará en tres pilares fundamentales:

  1. Falta de transparencia material: Se considera que los bancos no cumplieron su deber de explicar adecuadamente el funcionamiento del IRPH y sus efectos a largo plazo.
  2. Nulidad de la cláusula IRPH: Si no se supera el control de transparencia, la cláusula que impone este índice es nula de pleno derecho. Y con ello, se anula el índice de referencia que afecta directamente al coste del préstamo.
  3. Aplicación retroactiva de la nulidad: Los consumidores pueden reclamar las cantidades abonadas de más desde la firma del préstamo.
  4. Sustitución del IRPH por Euríbor más diferencial: Para calcular el nuevo cuadro de amortización, se aplicará el índice Euríbor con el diferencial pactado, eliminando así el sobrecoste generado por el IRPH.

Esta decisión, si se confirma, pondría un punto y final a la disparidad de criterios en los tribunales y ofrecería la tan esperada seguridad jurídica para los consumidores que han luchado por la transparencia en sus contratos hipotecarios.

Repercusiones prácticas para afectados: devolución de cantidades y recálculo de hipoteca

La pregunta que muchos se hacen ahora es: ¿qué significa esto para mí?

Para quienes tienen una hipoteca referenciada al IRPH y su contrato no incluyó una explicación clara y comprensible del índice, se abre un escenario muy favorable. A partir de hoy, podrán acudir a los tribunales con una jurisprudencia clara y sólida en la mano.

Esto se traduce en:

  • Posibilidad de reclamar las cantidades pagadas de más desde la firma de la hipoteca. En algunos casos, estas cantidades pueden superar los 25.000 o incluso 30.000 euros, dependiendo del capital y la duración del préstamo.
  • Recálculo del préstamo con aplicación del Euríbor más diferencial, lo que reducirá considerablemente las cuotas mensuales.
  • Eliminación de la cláusula IRPH, con efectos permanentes hacia el futuro.

Muchos afectados han vivido este proceso con angustia e incertidumbre. Durante años se les hizo creer que no había otra salida o que sus reclamaciones no prosperarían. Hoy eso cambia. La justicia, aunque tarde, llega para equilibrar la balanza.

Nuevo escenario legal: cómo cambia la jurisprudencia y qué criterios unifica

El cambio más relevante es que el Tribunal Supremo ha corregido su doctrina anterior. Esto es algo poco común, pero muy significativo. El alto tribunal ha admitido que sus anteriores pronunciamientos no se ajustaban plenamente a la interpretación del TJUE.

Esto implica que los juzgados de primera instancia y las audiencias provinciales queda descartada cualquier interpretación que mantenga la validez del IRPH si no se informó adecuadamente al consumidor. El Supremo ha marcado un nuevo estándar que deberán seguir todos los jueces del país.

También se refuerza la posición del consumidor como parte débil del contrato, reafirmando que no basta con cumplir formalidades legales: se exige una explicación clara, comprensible y específica del índice aplicado.

Pasos a seguir por consumidores: reclamaciones, plazos y asesoría jurídica

El siguiente paso para los afectados es revisar su escritura hipotecaria y consultar con un abogado especializado en cláusulas abusivas. Los despachos ya están recibiendo un aluvión de consultas, y se espera una nueva oleada de demandas en los juzgados.

Si tienes una hipoteca con IRPH y crees que no te informaron adecuadamente sobre el índice, estos son los pasos recomendados:

  1. Recopila tu documentación: escritura de préstamo, extractos bancarios, cuadro de amortización.
  2. Consulta con un experto: hay despachos que ofrecen un primer análisis gratuito para evaluar la viabilidad de tu caso.
  3. Reclama extrajudicialmente: antes de ir a juicio, es aconsejable enviar una reclamación formal al banco.
  4. Demanda judicial si es necesario: si el banco no responde o rechaza la reclamación, podrás acudir al juzgado con una base sólida.

Recuerda: la prescripción no corre mientras exista una relación contractual activa, pero cuanto antes inicies los trámites, antes podrás recuperar tu dinero.

Cada caso es único, pero ahora todos parten con una ventaja jurídica inédita.

Conclusión: Asegura tus derechos tras la sentencia IRPH

El fallo de julio de 2025 es mucho más que una sentencia judicial. Es un símbolo de la fuerza del ciudadano organizado, de la perseverancia de quienes no se rindieron ante la desinformación, y de un sistema que, con sus errores, todavía tiene margen para corregirse.

Para nosotros, esta decisión representa lo que durante años parecía inalcanzable: justicia y reparación. Es el fin de una etapa marcada por la desigualdad informativa entre bancos y clientes. Es el comienzo de una nueva etapa en la que los consumidores ya no están a merced de tecnicismos bancarios, sino que negocian con información, derechos y jurisprudencia firme.

Hoy más que nunca, es momento de actuar. No dejes pasar esta oportunidad histórica. Si tienes una hipoteca referenciada al IRPH, infórmate, revisa tu contrato y reclama lo que es tuyo. Porque la justicia, aunque tarde, sí llega.

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