Pensión de paternidad, cómo funciona y cómo reclamarla

Pensión de paternidad, como funciona y como reclamarla

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Si eres pensionista, esto te interesa. El complemento de maternidad o paternidad se trata de un plus que se añade al importe de tu pensión si has tenido dos o más hijos. Este complemento solo se reconocía a las mujeres, pero el Tribunal Supremo ha reconocido que puede disfrutarse de forma simultánea por los dos progenitores. ¿Qué significa esto? Que todos los hombres con 2 o más hijos que accedieron a su pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, ambos inclusive, pueden reclamar y recibir este complemento de forma retroactiva desde la fecha de acceso a su pensión.

¿Cómo funciona el complemento por paternidad en la pensión de jubilación?

Si eres hombre y te preguntas si tienes derecho al "complemento de paternidad en la jubilación", este artículo te resultará relevante.

En España, la Seguridad Social ofrece la opción de acceder al "complemento de pensiones contributivas" (para jubilación, incapacidad laboral y viudedad) con el propósito de reducir la brecha de género. Actualmente, tanto hombres como mujeres pueden beneficiarse de este complemento, pero esto no siempre fue así.

Inicialmente, cuando se implementó en 2016, este complemento estaba exclusivamente dirigido a las mujeres, considerando que enfrentaban un mayor impacto en sus carreras laborales debido a la maternidad.

El objetivo principal de este complemento era no solo compensar posibles déficits en sus contribuciones al sistema de pensiones relacionados con el cuidado de los hijos, sino también incentivar la contribución demográfica para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones en el futuro. Se agregaba un porcentaje adicional al importe de la pensión en función del número de hijos (5% por 2 hijos, 10% por 3 hijos, 15% por 4 o más hijos).

Sin embargo, tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en diciembre de 2019, se amplió la elegibilidad de este complemento. El tribunal europeo argumentó que era una "discriminación directa por razón de sexo" no otorgar este complemento a los hombres.

Consecuentemente, después de que varios hombres jubilados solicitaran el complemento de maternidad tras la decisión del TJUE, las autoridades de la Seguridad Social se vieron obligadas a extender este beneficio a los hombres también.

Para abordar esta cuestión, el Gobierno promulgó el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero de 2021, que permitió a los padres acceder a este complemento. Inicialmente concebido para mujeres, la Administración tuvo que adaptarlo para que también los padres pudieran solicitarlo.

Es importante destacar dos situaciones: los beneficiarios del complemento que no lo hayan recibido desde el 2 de enero de 2016 hasta el 1 de febrero de 2021 (pensionistas en ese período) y los beneficiarios del complemento que no lo hayan recibido desde el 2 de febrero de 2021 en adelante (pensionistas a partir de esa fecha).

Es crucial tener en cuenta que no siempre se otorga automáticamente; en muchas ocasiones, es necesario solicitarlo y se tramita junto con la solicitud de la prestación contributiva en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) u organismos similares.

El origen de la sentencia del TJUE

El origen de esta sentencia se basa en la pensión de invalidez otorgada a un hombre que alegó que, al ser padre de dos hijas, debía recibir el complemento de maternidad del 5%, similar al que se otorgaba a las madres.

La Seguridad Social rechazó su solicitud, argumentando que la normativa era clara al conceder el complemento solo a las mujeres como reconocimiento a su contribución demográfica.

Ante esta negativa, se llevó el caso ante los tribunales, y el juez, al tener dudas sobre si la normativa española estaba en conformidad con el Derecho de la Unión Europea, presentó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tras analizar el caso, el Tribunal Europeo concluyó que la normativa europea sobre igualdad de género se oponía a una norma como la española por ser discriminatoria. Se enfatizó que la contribución de los hombres a la demografía es igualmente relevante que la de las mujeres, y no debe haber distinciones entre hombres y mujeres en situaciones equivalentes para recibir el complemento de pensión.

Para justificar una distinción de este tipo, se debería basar en hechos como el hecho de que una mujer haya disfrutado de permisos de maternidad o haya tenido interrupciones laborales relacionadas con la maternidad o la crianza de los hijos. Sin embargo, la normativa española no establece estos requisitos ni considera situaciones individuales, sino que otorga un beneficio genérico a favor de las madres, excluyendo a los padres.

En consecuencia, a menos que se apruebe una nueva norma que ajuste el complemento de acuerdo a lo mencionado anteriormente, la Seguridad Social deberá otorgar este complemento tanto a madres como a padres que cumplan con los requisitos legales (ver detalles a continuación).

Además, todas las personas que se encontraban en esta situación desde la implementación del complemento en 2016 pueden solicitarlo retroactivamente. En Fidelitis, somos especialistas en prestaciones de incapacidad permanente y jubilación, y podemos analizar tu caso y gestionar la reclamación del complemento de paternidad.

Este complemento puede representar una suma significativa. Por ejemplo, consideremos una pensión promedio de 1,000 euros otorgada a un padre con 3 hijos desde 2015. Podría reclamar el 15%, es decir, 150 euros por 14 pagas a partir de enero de 2016. Esto equivale a más de 10,000 euros que la Administración debe pagarle. Además, el complemento se seguirá recibiendo durante toda la duración de la prestación.

¿El complemento afecta a todas las pensiones o sólo a las de jubilación ordinaria?

El complemento de paternidad se aplica a las pensiones contributivas, ya sea por incapacidad permanente, viudedad o jubilación (tanto anticipada como no anticipada) que se hayan otorgado a partir del 3 de febrero de 2021. Sin embargo, no se aplica a las pensiones de jubilación parcial. No obstante, se tendrá derecho al complemento cuando una persona que se haya jubilado parcialmente acceda a la jubilación completa una vez que haya alcanzado la edad requerida en su caso.

¿Quién se puede beneficiar de la pensión por paternidad?

Tienen derecho a solicitar el complemento de paternidad:

  1. Los hombres que sean beneficiarios de una pensión contributiva por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que sean padres de uno o más hijos o hijas, incluyendo padres de hijos adoptados. Este complemento también está disponible para las madres.
  2. Los pensionistas que hayan comenzado a recibir una pensión contributiva por jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. No es posible reclamarlo si la pensión se otorgó antes de 2016 o a partir del 4 de febrero de 2021.

Es importante estar afiliado a algún régimen de la Seguridad Social y tener uno o más hijos registrados en el Registro Civil.

Este complemento puede ser solicitado por cualquiera de los dos progenitores, pero no por ambos al mismo tiempo, aunque en la mayoría de los casos se otorga a las madres.

¿Quién puede cobrar el complemento por hijo en la pensión?

Este complemento de paternidad está disponible tanto para mujeres como para hombres que tengan uno o más hijos y sean beneficiarios de una pensión contributiva por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, excluyendo la jubilación parcial. Además, cuando alguien que estaba jubilado parcialmente acceda a la jubilación completa, podrá recibir este complemento si cumple con los requisitos establecidos.

La novedad importante es que, anteriormente, solo las madres con dos o más hijos podían solicitar este complemento, pero ahora también pueden hacerlo las madres con un solo hijo, y se les otorgará automáticamente. Sin embargo, los padres deben solicitarlo expresamente y cumplir con ciertos requisitos, como tener una pensión de jubilación inferior a la de la madre.

¿Cuáles son los requisitos para poder cobrar el complemento de paternidad a partir del RD LEY 3/2021 DE 2 DE FEBRERO?

Si un padre desea solicitar el complemento de paternidad, debe cumplir con uno de los siguientes requisitos:

  1. Tener derecho a recibir una pensión de viudedad debido al fallecimiento del otro progenitor, y los hijos comunes también tienen derecho a recibir una pensión de orfandad.
  2. Haber obtenido una pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente y haber experimentado una interrupción o afectación en su carrera profesional como resultado del nacimiento o adopción de hijos, cumpliendo con las siguientes condiciones:
  3. Para hijos nacidos o adoptados antes del 31 de diciembre de 1994, haber acumulado más de 120 días sin cotización en los 9 meses previos al nacimiento y los 3 años posteriores a esa fecha, o en el caso de adopción, en los 3 años posteriores a la resolución judicial de adopción. Además, la suma de las pensiones otorgadas debe ser menor que la suma de las pensiones correspondientes a la madre.
  4. Para hijos nacidos o adoptados a partir del 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento o a la resolución judicial de adopción debe ser más de un 15% inferior a la suma de las bases de cotización de los 24 meses inmediatamente anteriores. En este caso también, la suma de las pensiones concedidas debe ser menor que la suma de las pensiones de la madre.

¿En qué casos no se reconoce este complemento?

El derecho al complemento de paternidad no se otorgará a un padre (o madre) que haya perdido la patria potestad debido a una sentencia basada en el incumplimiento de sus deberes como padre o madre, o en casos de condena por delitos relacionados con cuestiones matrimoniales o criminales.

Del mismo modo, este derecho no se concederá a un padre que haya sido condenado por cometer actos de violencia contra la mujer, particularmente contra la madre de los hijos, ni a un padre o madre que haya sido condenado por ejercer violencia contra sus propios hijos o hijas.

Incremento en la pensión de jubilación por hijos en 2022

En la actualidad, el complemento en las pensiones asciende a 378 euros al año por cada hijo, con un máximo de 4 hijos, lo que equivale a un total de 1,512 euros al año. Esto significa que una persona que tenga un hijo y esté recibiendo su pensión verá un aumento de 27 euros al mes en su pensión. Si tiene dos hijos, el aumento será de 54 euros al mes, y así sucesivamente.

Este complemento se divide en 14 pagos a lo largo del año y se ajustará de acuerdo con la actualización de las pensiones.

No existe un límite máximo en cuanto a la cantidad de pensión que se puede recibir.

El complemento se comenzará a recibir tres meses antes de presentar la solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Cómo reclamar el complemento de ‘maternidad’ para hombres

Si deseas solicitar el complemento de paternidad en tu pensión, puedes seguir estos pasos:

  1. Redacta una solicitud en la que reclames el aumento en tu pensión debido al complemento de paternidad. Debes ser claro en tu solicitud. Aunque no existe un formulario oficial, puedes utilizar un modelo de solicitud disponible en la web de la Asociación Provincial Toledana de Familias Numerosas.
  2. Adjunta los siguientes documentos a tu solicitud: tu documento de identidad (DNI), la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que reconoce tu pensión y especifica el importe de la prestación, tu DNI y el libro de familia, o en su defecto, el certificado de nacimiento de tus hijos.
  3. Presenta tu reclamación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Puedes programar una cita previa para hacerlo en persona o realizarlo en línea a través de su sitio web.
  4. Si tu solicitud es denegada o no obtienes respuesta en un plazo de tres meses (silencio administrativo), puedes presentar una reclamación previa. Tienes 30 días hábiles para hacerlo. Aunque no es obligatorio contar con un abogado en esta etapa, se recomienda obtener asesoramiento legal en este punto.
  5. Si tu reclamación previa también es desestimada o no recibes respuesta en 45 días, tienes otros 30 días hábiles para presentar una demanda contra el INSS en un juzgado de lo social.

Es importante seguir estos pasos de manera adecuada para asegurarte de que tu solicitud se procese correctamente y puedas recibir el complemento de paternidad en tu pensión.

Debes saber que hasta ahora estos casos se han reconocido en la vía judicial, tras interponer una demanda en la Jurisdicción Social, ya que tanto la solicitud a la Seguridad Social como la reclamación previa suelen ser denegadas la inmensa mayoría de las veces.

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https://www.coventia.es/complemento-por-paternidad

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